RESOLUCIÓN Nº 88/2010
POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 01/2010 de 8 de enero del 2010 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones se creó la Unidad Presupuestada
denominada, Joven Club de Computación y Electrónica, en forma abreviada
Joven Club, subordinada al Ministerio de la Informática y las
Comunicaciones.
POR CUANTO: La Resolución Nº
66/2010 de 20 de abril de 2010 del Ministro de la Informática y las
Comunicaciones designó al que resuelve Director General de la Unidad Presupuestada Joven Club de Computación y Electrónica.
POR CUANTO: El Articulo 9 del Decreto Ley Nº 196 “Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno” dispone la constitución de las
comisiones de cuadros, como órgano asesor, para evaluar y presentar
propuestas respecto a las decisiones sobre el trabajo con los cuadros y
sus reservas.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas
RESUELVO
PRIMERO: Crear en la Dirección Nacional de Joven Club de Computación y Electrónica la Comisión de Cuadros integrada por:
Presidente: Raúl Van Troi Navarro Martínez, Director General
Vicepresidente: Ernesto Rodríguez Hernández., Director Nacional de Servicios Informáticos
Secretario Ejecutivo: Jorge Morales Rodriguez, Director de Desarrollo Organizacional
Miembro: Francisco Javier Gómez Hurtado, Director Nacional de Economía
Miembro: Magda Brito D’Toste, Directora de Control y Supervisión
Miembro: Santiago Mesa Camacho como Director Provincial de Joven Club de Computación y Electrónica de Pinar del Río
Miembro: Midiala Hernández Rodríguez como Directora Provincial de Joven Club de Computación y Electrónica de Matanzas
Participará como invitado permanente el Secretario General del PCC de la Dirección Nacional
SEGUNDO: En las Direcciones Provinciales se crearán las Comisiones de Cuadros integradas por: un Presidente que será el Director provincial, un Vicepresidente que será el cuadro que el Director tenga como sustituto, un Secretario Ejecutivo que será el Subdirector provincial de Desarrollo Organizacional
y cuatro miembros más seleccionados entre los subdirectores y
directores municipales o de Palacio de Computación Provincial, según el
caso, siendo imprescindible que, al menos, estén dos cuadros del nivel de dirección inferior.
TERCERO: La Comisión de Cuadros tendrá las funciones siguientes:
a) Asesorar
a los respectivos jefes de la instrumentación y cumplimiento de los
principios, las disposiciones legales y los objetivos y lineamientos
que se establezcan sobre el sistema de trabajo con los cuadros.
b) Conocer
y evaluar la situación que presenta el trabajo con los cuadros y sus
reservas, por indicación del jefe se establecerán relaciones de
asesoramiento y control a los cuadros.
c) Mantener control y constante actualización de la nomenclatura de cargos que le corresponde.
d) Examinar
las propuestas de movimientos, medidas disciplinarias, resultado de
las evaluaciones y demás acciones que correspondan a la nomenclatura
aprobada, garantizando el desarrollo de los diferentes pasos del
proceso, el cumplimiento con rigor y calidad de los requisitos
establecidos.
e) Conocer y analizar los resultados de supervisiones, auditorias,
verificaciones y denuncias que comprometan la conducta de los cuadros
de su nomenclatura o nivel de dirección, a fin de evaluar
individualmente los casos que le corresponden, así como examinar las
causas que provocan tales deficiencias y problemas.
f) Analizar
la estrategia de preparación y superación de los cuadros y sus
reservas, en el ámbito de su competencia, promoviendo que esta se haga
corresponder con las necesidades de aprendizaje de los cuadros y los
objetivos estratégicos de la entidad.
g) Organizar
de manera no profesional y con carácter temporal, grupos de trabajo
para la investigación, estudio y evaluación de experiencias y temas
específicos. Promover las mejores experiencias que contribuyan a
modificar cualitativamente las acciones y los resultados del trabajo con
los cuadros.
CUARTO: Para su funcionamiento la Comisión de Cuadros se
reunirán como mínimo una vez al mes, y efectuarán un balance anual de
su trabajo, para el análisis de la labor realizada y sus resultados,
determinado los objetivos, actividades principales a debatir en sus
reuniones.
QUINTO: La Comisión de Cuadros desarrollará sus sesiones de trabajo basándose en los principios siguientes:
a) En
sus análisis debe primar: el examen critico, franco y honesto,
animados por una concepción de trabajo despojada de métodos y
procedimientos formales, esquemáticos, meramente estadísticos y
burocráticos.
b) Sus
reuniones deben desarrollarse de modo que las reflexiones y el
intercambio que se realicen lleguen con objetividad a conocer las causas
de los problemas, limitaciones y obstáculos que afectan el trabajo con
los cuadros y sus reservas y en tal sentido, estar en condiciones de
sugerir las decisiones que transformen la situación evaluada y
contribuyan a la formación de los cuadros.
c) Es
responsabilidad de las comisiones de cuadros, garantizar que se
sometan a la consulta y evaluación del Partido, previo a su designación
o aplicación oficial de la medida, según sea el caso, y en el nivel
que se establezca las propuestas de movimientos del cargo, así como se
cumpla la oportuna información sobre cualquier acción que afecte a los
cuadros que ocupan cargos de nomenclatura.
SEXTO: Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al cumplimiento de la presente.
COMUNÍQUESE a cuantas personas naturales y/o jurídicas corresponda.
ARCHIVESE el original en la oficina de la Asesoría Jurídica
Dada en la Ciudad de la Habana a los 21 días del mes de mayo de 2010.
Raul Vantroi Navarro Martínez
Director General
Joven Club de Computación y Electrónica