RESOLUCIÓN Nº  88/2010
POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 01/2010 de 8 de enero del 2010 del Ministro de la Informática y las Comunicaciones se creó la Unidad Presupuestada
 denominada, Joven Club de Computación y Electrónica, en forma abreviada
 Joven Club, subordinada al Ministerio de la Informática y las 
Comunicaciones.
POR CUANTO: La Resolución  Nº
 66/2010 de 20 de abril de 2010 del Ministro de la Informática y las 
Comunicaciones designó al que resuelve Director General de la Unidad Presupuestada Joven Club de Computación y Electrónica.
POR CUANTO: El Articulo 9 del Decreto Ley Nº 196 “Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno” dispone la constitución de las
 comisiones de cuadros, como órgano asesor, para evaluar y presentar 
propuestas respecto a las decisiones sobre el trabajo con los cuadros y 
sus reservas. 
POR TANTO:    En el ejercicio de las facultades que me están conferidas
RESUELVO
PRIMERO: Crear en la Dirección Nacional de Joven Club de Computación y Electrónica la Comisión de Cuadros integrada por:
Presidente: Raúl Van Troi Navarro Martínez, Director General
Vicepresidente: Ernesto Rodríguez Hernández., Director Nacional de Servicios Informáticos
Secretario Ejecutivo: Jorge Morales Rodriguez, Director de Desarrollo Organizacional
Miembro: Francisco Javier Gómez Hurtado, Director Nacional de Economía
Miembro: Magda Brito D’Toste, Directora de Control y Supervisión
Miembro: Santiago Mesa Camacho como Director Provincial de Joven Club de Computación y Electrónica de Pinar del Río
Miembro: Midiala Hernández Rodríguez como Directora Provincial de Joven Club de Computación y Electrónica de Matanzas
Participará como invitado permanente el Secretario General del PCC de la Dirección Nacional 
SEGUNDO: En las Direcciones Provinciales se crearán las Comisiones de Cuadros integradas por: un Presidente que será el Director provincial, un Vicepresidente que será el cuadro que el Director tenga como sustituto, un Secretario Ejecutivo que será el Subdirector provincial de Desarrollo Organizacional
 y cuatro miembros más seleccionados entre los subdirectores y 
directores municipales o de Palacio de Computación Provincial, según el 
caso, siendo imprescindible que, al menos, estén dos cuadros del nivel de dirección inferior.
TERCERO: La Comisión de Cuadros tendrá las funciones siguientes:
a)     Asesorar 
 a los respectivos jefes de la instrumentación y cumplimiento de los 
principios, las disposiciones legales y los  objetivos y lineamientos 
que se establezcan sobre el sistema de trabajo con los cuadros.
b)     Conocer
 y evaluar la situación que presenta el trabajo con los cuadros y sus 
reservas, por indicación del jefe  se establecerán relaciones de 
asesoramiento y control a los cuadros.
c)      Mantener control y constante actualización de la nomenclatura  de cargos que le corresponde.
d)     Examinar
 las propuestas de movimientos, medidas  disciplinarias, resultado de 
las evaluaciones y demás acciones que correspondan a la nomenclatura 
aprobada, garantizando el desarrollo de los diferentes pasos del 
proceso, el cumplimiento con rigor y calidad de los requisitos 
establecidos.
e)     Conocer y analizar los resultados de supervisiones, auditorias,
 verificaciones y denuncias que comprometan la conducta de los cuadros 
de su nomenclatura o nivel de dirección, a fin de evaluar 
individualmente los casos que le corresponden, así como examinar las 
causas que provocan tales deficiencias y problemas.   
f)      Analizar
 la estrategia de preparación y superación de los cuadros y sus 
reservas, en el ámbito de su competencia, promoviendo que esta se haga 
corresponder con las necesidades  de aprendizaje de los cuadros y los 
objetivos estratégicos de la entidad.
g)     Organizar
 de manera no profesional y con carácter temporal, grupos de trabajo 
para la investigación, estudio y evaluación de experiencias y temas 
específicos. Promover  las  mejores experiencias que contribuyan a 
modificar cualitativamente las acciones y los resultados del trabajo con
 los cuadros.   
CUARTO: Para su funcionamiento la Comisión de Cuadros se
 reunirán como mínimo una vez  al mes, y efectuarán un balance anual de 
su trabajo, para el análisis de la labor realizada y sus resultados, 
determinado los objetivos, actividades principales a debatir en sus 
reuniones.
QUINTO: La Comisión de Cuadros desarrollará sus sesiones de trabajo basándose en los principios siguientes: 
a)     En
 sus análisis  debe primar: el examen critico, franco y honesto, 
animados por una concepción de trabajo despojada de métodos y 
procedimientos formales, esquemáticos, meramente estadísticos y 
burocráticos.
b)     Sus
 reuniones deben desarrollarse de modo que las reflexiones y el 
intercambio que se realicen lleguen con objetividad a conocer las causas
 de los problemas, limitaciones y obstáculos que afectan el trabajo con 
los cuadros y sus reservas y en tal sentido, estar en condiciones  de 
sugerir las decisiones que transformen la situación evaluada y 
contribuyan a la formación de los cuadros.
c)      Es
 responsabilidad  de las comisiones de cuadros, garantizar que se 
sometan a la consulta y evaluación del Partido,  previo a su designación
 o aplicación  oficial de la medida, según sea el caso, y en el nivel 
que se establezca  las propuestas de movimientos del cargo, así como se 
cumpla  la oportuna información sobre cualquier acción que afecte a los 
cuadros que ocupan cargos de nomenclatura. 
SEXTO: Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al cumplimiento de la presente.
COMUNÍQUESE a cuantas personas naturales y/o jurídicas corresponda. 
ARCHIVESE el original en la oficina de la Asesoría Jurídica
Dada en la Ciudad de la Habana a los  21 días del mes de mayo de 2010. 
Raul Vantroi Navarro Martínez
Director General
Joven Club de Computación y Electrónica